Los INCOTERMS: Facilitando el Comercio Exterior en México

El comercio exterior es un motor vital para el crecimiento económico de México y, en este contexto, los INCOTERMS juegan un papel esencial. Los INCOTERMS, o términos internacionales de comercio, son una herramienta clave para las empresas que buscan expandir sus operaciones más allá de las fronteras nacionales. Pero, ¿qué son exactamente los INCOTERMS y por qué son tan importantes para el comercio exterior?

INCOTERMS
INCOTERMS

¿Qué son los INCOTERMS?

Los INCOTERMS son un conjunto de términos comerciales estandarizados, desarrollados por la Cámara de Comercio Internacional (CCI), que definen las responsabilidades y obligaciones del vendedor y del comprador en una transacción internacional. Estos términos, que se actualizan periódicamente, proporcionan un lenguaje común y claro para las partes involucradas en el comercio internacional. Esto es fundamental para evitar malentendidos y conflictos, lo que a su vez, facilita la fluidez del comercio exterior.

Entonces, ¿Cómo funcionan?

Los INCOTERMS se dividen en varios grupos, y cada uno de ellos establece las obligaciones tanto del vendedor como del comprador en diferentes etapas del proceso de envío y entrega de la mercancía. Por ejemplo, los términos EXW (Ex Works) significan que el vendedor solo debe poner la mercancía a disposición del comprador en su lugar de negocio, mientras que los términos DDP (Delivered Duty Paid) implican que el vendedor es responsable de entregar la mercancía en el lugar designado y pagar todos los costos asociados hasta ese punto.

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Los INCOTERMS y el Comercio Mexicano

En México, un país conocido por su robusto sector de exportación, los INCOTERMS desempeñan un papel crucial en la simplificación del comercio exterior. De hecho, según datos recientes, el 78% de las empresas mexicanas utilizan los INCOTERMS en sus transacciones internacionales. Esto se debe a que los INCOTERMS proporcionan claridad y certeza en las operaciones de importación y exportación.

  1. EXW (Ex Works – En fábrica): El vendedor pone la mercancía a disposición del comprador en sus instalaciones o en otro lugar acordado. El comprador se encarga de todos los costos y riesgos a partir de ese punto. Ejemplo: Una empresa en Ciudad de México vende maquinaria “EXW” y el comprador debe recogerla en la fábrica y ocuparse del transporte y trámites de exportación.
  2. FOB (Free On Board – Libre a bordo): El vendedor entrega la mercancía a bordo del buque en un puerto de carga designado. El comprador asume los costos y riesgos una vez que la mercancía está a bordo. Ejemplo: Exportación de productos electrónicos desde Tijuana, México, “FOB” el puerto de Veracruz.
  3. CIF (Cost, Insurance, and Freight – Costo, seguro y flete): El vendedor es responsable de entregar la mercancía a bordo del buque y de pagar el flete y el seguro hasta el puerto de destino. El comprador asume los costos y riesgos después de la descarga en el puerto de destino. Ejemplo: Importación de petróleo crudo a Monterrey, México, “CIF” desde Arabia Saudita.
  4. DDP (Delivered Duty Paid – Entregado derechos pagados): El vendedor es responsable de entregar la mercancía en el lugar designado en el país del comprador y pagar todos los costos, incluidos los derechos de importación. Ejemplo: Un fabricante en Guadalajara, México, entrega productos a un cliente en Nueva York, “DDP” a la dirección del cliente en Nueva York, incluyendo todos los impuestos y aranceles.
  5. DAT (Delivered at Terminal – Entregado en terminal): El vendedor entrega la mercancía en un terminal (como un puerto o almacén) en el país del comprador. El comprador asume los costos y riesgos a partir de ese punto. Ejemplo: Exportación de frutas desde Michoacán, México, “DAT” el puerto de Long Beach, California.
  6. DAP (Delivered at Place – Entregado en lugar): El vendedor entrega la mercancía en un lugar designado en el país del comprador, pero sin descargarla. El comprador se encarga de la descarga y los costos y riesgos posteriores. Ejemplo: Importación de textiles a Ciudad Juárez, México, “DAP” la dirección de la empresa compradora.